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miércoles, 5 de mayo de 2010

DÓNDE RINDEN MÁS LOS CTS DE LOS TRABAJADORES

Si eres parte de ese escaso 21% de trabajadores que está en planilla, ten en cuenta que el monto que podrá retirar será menor.

De acuerdo con la ley, las empresas tienen hasta el 17 de mayo para depositar la CTS sus trabajadores correspondiente al periodo noviembre de 2009-abril de 2010. Este año, los empleados solo podrán disponer del 40% de la CTS, y no del 100%, como sucedió en 2009.

Para las personas que trabajan en una mediana o gran empresa, el monto depositado se calcula tomando en cuenta el sueldo de abril más un sexto de la gratificación de diciembre. Dicho valor se divide entre 12 y, luego, se multiplica por seis, lo que da como resultado el total a depositar por concepto de CTS, del cual el trabajador solo tiene la opción de retirar el 40%.

Así, si usted labora en una mediana o gran empresa y percibe una remuneración de S/.2,000, la CTS que le depositará su empleador asciende a S/.1,170, de los cuales solo podrá disponer de S/.468. Recuerde que la CTS no está sujeta a ningún tipo de descuento por pensiones o impuestos.

De tratarse de una pequeña o microempresa (hasta 100 trabajadores y con ingresos anuales no mayores a S/.6.12 millones) inscrita en el Registro Nacional de la MYPE, la CTS que le será depositada es la mitad del ejemplo antes señalado (S/.585, de los que dispondrá S/.234). La Cámara de Comercio de Lima precisa que, si el trabajador labora en la PYME desde antes de su inscripción, *le corresponderá el 100% *de la CTS.

OPCIONES
Actualmente, las cajas municipales ofrecen una mayor tasa de interés que los bancos por su CTS. Si no tiene la suficiente confianza en estas instituciones, recuerde que hay un fondo de seguro de depósitos que cubre hasta S/.83,213 de sus depósitos.

Por su parte, los bancos han apelado al concepto de seguridad y a otras promociones para captar este tipo de fondos.

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