
De esta manera, el referido código quedó listo para su próxima discusión y eventual aprobación en el pleno del Congreso. En la sesión, los miembros de la referida comisión aprobaron los dos últimos títulos del código, pendientes de sanción.
Se trata del título VI que contempla disposiciones sobre los procedimientos administrativos a aplicar en materia de la defensa colectiva de los consumidores, así como en los procesos judiciales para la defensa de los intereses difusos de los usuarios.
El título VII establece, asimismo, mecanismos relacionados con el sistema nacional integrado de protección a los consumidores.
Además, contempla disposiciones sobre al Consejo Nacional de Protección del Consumidor y sus funciones y precisa el rol del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), entre ellos, el de velar por el cumplimiento del código.
La norma considera también la aplicación de un sistema de arbitraje de consumo a través de juntas y órganos arbitrales; así como mecanismos alternativos de solución de conflictos como el arbitraje, laudos arbitrales, la conciliación y la mediación.
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